
El pasado 12 de junio tuvo lugar la sesión de FIDE titulada Contrato de distribución inversa internacional en el sector de la moda. Intervinieron como ponentes Isabel Antón Juárez, profesora titular de Derecho internacional privado en la Universidad Carlos III de Madrid; José Luis Quintana Cortés, socio de Rodríguez Castaño Abogados; y Nuria Villarín Vinent, directora legal para Europa, Asia y África en Havaianas (Grupo Alpargatas). Moderó la sesión Inmaculada de la Haza de Lara, socia y responsable del área de marca de la Unión Europea y marca internacional de la firma de propiedad industrial BALDER.
El mayor reto al que se enfrenta la industria de la moda es el de la sostenibilidad, entendida ésta desde una perspectiva tanto medioambiental como social. Este sector es uno de los que tienen un mayor impacto en el entorno, al provocar una huella de carbono muy grande; y también en la sociedad, debido a la frecuente utilización de mano de obra barata y a la deslocalización. En este contexto, la sesión comenzó analizando el panorama regulatorio en materia medioambiental que afecta a esta industria.
Actualmente, el consumo de ropa y calzado por persona en Europa es de 30 kg al año. La preocupación del legislador por la moda rápida o fast fashion, siendo una de las cinco industrias más contaminantes del mundo, se ha traducido en creciente regulación. Sin embargo, el fenómeno regulatorio del sector de la moda es muy reciente y, pese a que el legislador europeo ha tomado consciencia de la necesidad regulatoria, el legislador español se ha adelantado. Un claro ejemplo es que en la Ley de Residuos de 2011 no aparece mencionado el término “textil” en ninguna ocasión y, en la del año 2022, se encuentra en hasta dieciséis ocasiones. Así, en los años 2023 y 2024, la UE aprueba numerosas directivas y reglamentos en esta materia.
Los grandes problemas a los que se enfrenta el legislador es que la industria utiliza materias primas vírgenes, es decir, no se emplean prácticamente materiales reciclados. Se fabrican cantidades ingentes de productos que se ponen en el mercado; y, lo que no se vende, se destruye. Esto es lo que se denomina un modelo lineal. Así, se propone un nuevo modelo circular, para que los excedentes se vuelvan a introducir en el mercado en vez de proceder a su destrucción, ya sea a través de su reutilización o de su reciclado.
El Reglamento de Ecodiseño exige a los productores una responsabilidad ampliada, la prohibición de la destrucción de las prendas no vendidas y el pasaporte digital, entre otras. Así, la normativa exige en que se incorporen en sus procesos productivos las externalidades negativas que tienen lugar en los modelos lineales. Sin embargo, esta normativa concede un amplio margen a los actos delegados para su aplicación por los Estados Miembros, por lo que se desconoce cuáles serán sus consecuencias prácticas. En España, no obstante, la clave estará en el artículo 8 de la Ley de Residuos, que establece la siguiente jerarquía de residuos: (a) prevención, (b) preparación para la reutilización, (c) reciclado, (d) otro tipo de valorización, incluida la valorización energética y (e) eliminación.
La sesión continuó analizando el cambio de paradigma del modelo lineal al circular a través de la denominada distribución inversa. Esta es una fase de la cadena de valor que en la economía lineal no existe y que se caracteriza por la recuperación e integración del producto. Así, las actividades de la distribución inversa son variadas, pero la más importante es la gestión de las devoluciones, puesto que la UE estima que el 40% de las compras en línea son posteriormente devueltas. Entre dichas actividades, también destacan la reparación y recuperación textil, así como la gestión del exceso de stock. El objetivo de la distribución inversa es cerrar el círculo y que los productos vuelvan de nuevo al distribuidor o al fabricante. No obstante, presenta algunos desafíos, como son sus elevados costes y la clasificación de los productos. Por todo ello, la tecnología jugará un rol muy importante y la mejora de las etiquetas de materiales utilizados será esencial.
Para implementar el sistema de distribución inversa será necesario crear sistemas sólidos de recogida e integración del producto. No se debe olvidar que el sector de la moda es muy competitivo. Los márgenes son muy pequeños y las normativas nacionales son muy distintas, cambiando enormemente las reglas del juego de un Estado a otro. De este modo, existen diferentes formas de introducir la distribución inversa en esta industria. Algunas empresas incorporan este sistema dentro de su propia organización, mientras que otras lo hacen a través de terceros agentes.
Por último, se analizó la estructura jurídica del modelo de distribución inversa. Es importante distinguir las dos ramas del mismo, a saber: por un lado, la recogida y, por otro, la integración. Con respecto a la recogida, algunas empresas han optado por introducir nuevas cláusulas en sus contratos de compraventa, mientras que, a nivel internacional, están surgiendo escenarios donde se pactan nuevos modelos de contratos de distribución inversa. En relación con la integración, destacan cláusulas de protección de derechos de propiedad industrial, así como, en ocasiones, de propiedad intelectual. Con ellos se busca dotar de especial protección a las marcas y diseños de las distintas compañías.
La sesión concluyó que, efectivamente, el nuevo marco regulatorio asienta las pautas para las relaciones entre empresas y determinará la circularidad del sistema económico. No obstante, no se debe perder de vista el papel que jugarán los consumidores, los cuales deberán desarrollar una nueva concepción de moda circular.

Resumen elaborado para FIDE por Cristina Bacigalupo Ribera, graduada en Derecho y Administración de Empresas por la Universidad Carlos III de Madrid y alumna del Máster Universitario en Acceso a las Profesiones de Abogacía y Procura y del Diploma de Especialización en Derecho del Mercado del Arte de dicha universidad.





