Revisión 2023: Evaluación final de la Ley 11/2021, de 9 de Julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal

En esta 2ª etapa, el Grupo pretende realizar aportaciones que, más allá de la evaluación ya realizada de lo legislado, constituyan propuestas nuevas para incorporar al ordenamiento tributario, con el fin de mejorar el cumplimiento voluntario

Nos complace presentar las conclusiones de la 2ª etapa de trabajo del Grupo de Trabajo «Evaluación de la Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal».

Constituido en julio de 2022, este grupo de trabajo de FIDE tuvo como finalidad elaborar un documento de evaluación de la Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal (en adelante, LPF).

Esta tarea se enmarcó dentro del proceso de evaluación del componente 27 –lucha contra el fraude- del Plan de Recuperación y Resiliencia presentado por España y pretendió constituir una aportación dirigida a la Administración española, con el objetivo de incorporar a dicha evaluación las ideas elaboradas desde la sociedad civil.

En su segunda etapa, que se desarrolló desde mayo de 2023 a septiembre de 2023, desde la plena libertad intelectual, el Grupo pretendió realizar aportaciones que, más allá de la evaluación ya realizada de lo legislado, constituyeran propuestas nuevas para incorporar al ordenamiento tributario, con el fin de mejorar el cumplimiento voluntario. Esta tarea ya se había realizado de manera parcial en el informe de 2022, pero no constituía su objeto principal. Ahora se trataba de reflexionar de manera conjunta para elaborar un documento centrado exclusivamente en estas nuevas propuestas. Se analizó qué cambios habría que introducir en el ordenamiento jurídico-tributario, distintos de los ya producidos, para mejorar el cumplimiento tributario.

Estas conclusiones se presentaron ante el Ministerio de Hacienda y Función Pública en Octubre de 2022 (Etapa 1) y Diciembre de 2023 (Etapa 2), y ha contribuido a los informes:

  1. Informe evaluación intermedia de los efectos de la Ley contra el Fraude Fiscal” de Diciembre de 2022. 
  2. Informe de los efectos de la Ley contra el Fraude Fiscal” de Diciembre de 2023. 

Evaluación final

Materias abordadas:

A. Actualización de las conclusiones obtenidas en relación con las medidas incluidas en la Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal 

  1. Obligaciones de información sobre monedas virtuales 5
  2. Recargos por declaración extemporánea 
  3. Prohibición de software de doble uso
  4. Medidas cautelares ante solicitudes de suspensión
  5. Lista de deudores
  6. Entradas domiciliarias
  7. Responsabilidad solidaria
  8. Inadmisión de solicitudes de suspensión sin garantías
  9. Limitación de pagos en efectivo
  10. Impuesto de salida
  11. SICAVs
  12. Jurisdicciones no cooperativas.
  13. Pactos sucesorios
  14. El valor de referencia en los impuestos patrimoniales

B. Nuevas propuestas dirigidas a mejorar el cumplimiento voluntario

  1. Disposiciones generales y regulación general de los tributos
  2. Procedimientos de aplicación de los tributos
  3. Revisión
  4. Infracciones y sanciones

Integrantes

Han participado en este grupo de trabajo: 

  1. Paula Caro, Socia del Departamento Fiscal, Andersen
  2. Carlos Diéguez Nieto, Socio Director Área Fiscal, Broseta Abogados.
  3. Antonio Durán-Sindreu, Socio Director, Durán-Sindreu, Asesores Legales y Tributarios
  4. Javier Estella, Socio-Director, Avantia Asesoramiento Fiscal y Legal
  5. Cristina García-Herrera, Directora de Estudios, Instituto de Estudios Fiscales
  6. César García Novoa, Catedrático de Derecho Financiero y Tributario, Universidad de Santiago
  7. Eduardo Gracia Espinar, Ashurst LLP, Socio responsable de la practica tributaria del despacho para Europa y Nueva York
  8. Clara Jiménez, Socia, Pérez-Llorca
  9. Luis López-Tello, Director Corporativo, económico y Fiscal, Repsol
  10. Maximino Linares, Socio, EY Abogados
  11. Gloria Marín Benítez, Socia del departamento de Derecho tributario, Uría Menéndez.
  12. Caridad Mourelo, Inspectora de Hacienda del Estado en la Delegación Especial de Madrid (AEAT)
  13. Miguel Muñoz, Socio responsable de procedimientos tributarios, PwC Tax&Legal
  14. Antonio Puentes Moreno, Socio responsable del departamento de contencioso-tributario, BDO España
  15. Jesús Rodríguez Márquez, Socio Director de Práctica Tributaria, ideo Legal
  16. Salvador Ruíz Gallud, Socio, Equipo Económico
  17. José Ignacio Ruíz Toledano, Vocal de Imposición Directa de las Personas Físicas, Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC)
  18. José María Utande, Letrado del Tribunal Constitucional.

Estas propuestas del Grupo de Trabajo de FIDE, han sido elaboradas a partir de las aportaciones e intervenciones de todos los participantes en dicho grupo. Si bien lógicamente no representan la opinión unánime de todos, sí reflejan las cuestiones en las que se ha centrado el debate.

Todas las personas que han participado en este grupo de trabajo de Fide, lo han hecho a título personal y no en representación de las entidades, despachos, Universidades o empresas, donde llevan a cabo su labor profesional, por lo que estas conclusiones no reflejan y no recogen posturas institucionales sino particulares de cada uno de los miembros del grupo.

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