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Biblioteca de Fide

Comentario a la Ley 29/2015 de cooperación jurídica internacional en materia civil

Editorial: Bosch

ISBN: 978-84-9090-180-9

Páginas: 812

Encuadernación: Cartoné

Fecha de la edición: 2017

Edición: 1ª ed.

Precio: 103,74€

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Resumen

La Ley 29/2015, de 30 de julio, de cooperación jurídica internacional en materia civil, colma una importante laguna en el Derecho español, tras el mandato al respecto de la LEC 1/2000. La obra realiza un análisis normativo, riguroso, completo y práctico, de todas las materias incluidas en la ley. Bajo la dirección de Ana Fernández-Tresguerres, notaria de Madrid, experta del Ministerio de Justicia en Derecho Internacional y Miembro del Consejo Académico de Fide, se han reunido los principales especialistas en la materia (magistrados, profesores, altos funcionarios, abogados, notarios y registradores) que analizan la Ley desde todas las perspectivas. 
La Ley 29/2015 se proyecta sobre las relaciones comerciales; familiares y personales; litigiosas o extrajudiciales, que presenten elemento internacional. Destaca su carácter general, básico y subsidiario, respecto al Derecho europeo y convencional. El legislador traza un concepto expansivo de la cooperación jurídica internacional. Regula el reconocimiento o ejecución de resoluciones judiciales. Completa su articulado con la implementación de los Reglamentos (UE) 1315/2012, Bruselas I Recast y (UE) 650/2012, sobre sucesiones internacionales. 

AUTORES POR ORDEN ALFABÉTICO Y ARTÍCULOS COMENTADOS

-ALONSO LANDETAGabriel
Registrador de la Propiedad.
Artículos 58, 59, 60 y 61.

-BARRIO ANDRÉS, Moisés
Doctor en Derecho y Letrado del Consejo de Estado.
Disposición transitoria única. Disposición derogatoria única. Disposiciones finales quinta y sexta.

-CALVO CARAVACAAlfonso-Luis
Catedrático de Derecho Internacional Privado, universidad Carlos III (Madrid). Vocal Permanente de la Comisión General de Codificación. 
Preámbulo: apartado vIII (Parte I). Artículos 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 y 49.

-CANALES ARACIL, Antonio
Abogado asociado. Jones Day.
Preámbulo: apartado vII. Artículos 37, 38, 39 y 40.

-CARRASCOSA GONZÁLEZ, Javier
Catedrático de Derecho internacional Privado, universidad de murcia.
Preámbulo: apartado VIII (Parte I). Artículos 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 y 49.

-CARRERA DOMÉNECH, Jorge
Magistrado. Consejero de Justicia. Embajada de españa en Washington (EEUU).
Artículo 19.

-DE RENTERÍA AROCENA, Alfonso
Notario excedente. Registrador de la Propiedad.
Artículos 60 y 61 (desde la perspectiva principal del Certificado sucesorio europeo).

-DÍAZ ABADNuria
Abogada del Estado. Vocal del CGPJ. Presidenta de la red europea de Consejos de Justicia.
Preámbulo: apartados I, II y III.

-FERNÁNDEZ FERNÁNDEZ, Mercedes
Abogada. Socia. Jones Day.
Preámbulo: apartado VII. Artículos 37, 38, 39 y 40.

-FERNÁNDEZ-TRESGUERRES GARCÍAAna
Notaria. Letrada adscrita a la DGrN.
Preámbulo: apartado VIII (Parte II). Artículos 9.d), 50, 51, 56 y 57. Disposición adicional primera. Disposición final segunda en cuanto incorpora la Disposición Final vigésima sexta de la LEC (Implementación del Reglamento (UE) 650/2012: apartados 1-9, 11-13, 15-17).

-FORCADA MIRANDA, Francisco Javier
Magistrado. Asesor de la DG Cooperación Jurídica internacional. Ministerio de Justicia.
Artículos 4, 9.c) y 12.2. Disposición adicional segunda.

-GARAU SOBRINO, Federico F.
Catedrático de Derecho internacional Privado. universidad de las islas Baleares.
Disposición final segunda en cuanto incorpora la Disposición Adicional vigésima quinta de la LEC: (Implementación del Reglamento (UE) 1215/2012)

-GARCÍA PARRA, Eduardo 
Doctor en DerechoNotario. 
Artículo 28.

-GÓMEZ-RIESCO TABERNERO DE PAZ, José María
Notario.
Disposición final segunda, en cuanto incorpora la Disposición Final vigésima sexta de la LEC (Implementación del Reglamento (UE) 650/2012: apartado 10.

-GÓMEZ-RIESCO TABERNERO DE PAZ, Juan
Notario.
Disposición final segunda, en cuanto incorpora la Disposición Final vigésima sexta de la LEC (Implementación del Reglamento (UE) 650/2012: apartado 14.

-GONZÁLEZ BEILFUSS, Cristina
Catedrática de Derecho internacional Privado, Universidad de Barcelona. Jefe de relaciones externas e institucionales. CGPJ.
Artículos 1, 2 y 3.

-LÓPEZ DE ARGUMEDO PIÑEIRO, Álvaro 
Abogado. Uría Menéndez.
Artículos 52, 53, 54 y 55.

-MARTÍNEZ LLORENTE, Pablo
Abogado. Uría Menéndez.
Artículos 52, 53, 54 y 55.

-MONGE ROYO, Paula
Administradora Civil del Estado. Subdirectora General de Cooperación Jurídica internacional. ministerio de Justicia.
Artículos 5, 6, 7, 8, 9.b), 10, 11, 12, 16 y 17. Disposición adicional tercera.

-PAZ-ARES RODRíGUEZ, Ignacio
Notario.
Disposición final primera. Modificación de la Ley Hipotecaria.

-PUIG BLANES, Francisco de Paula
Magistrado, miembro de la red judicial europea.
Preámbulo: apartado IV. Artículos 13, 14, 29, 30, 31 y 32.

-RODRÍGUEZ BENOT, Andrés
Catedrático de Derecho Internacional Privado, Universidad Pablo de Olavide. Sevilla.
Preámbulo: apartados V y VI. Artículos 33, 34, 35 y 36.

-RODRÍGUEZ CANTERO, Marcos
Diplomático. Subdirector General de Asuntos Jurídicos Consulares. Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación.
Artículos 9.a) y 15. Disposición final cuarta.

-RODRÍGUEZ PRIETO, Fernando
Notario. Mediador. Fundación Signum.
Disposición final tercera.

-SÁNCHEZ MARTíN, Carlos
Magistrado. Gabinete técnico del Tribunal Supremo.
Artículos 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26 y 27

-YBARRA BORES, Alfonso
Profesor titular de Derecho internacional Privado (AC), universidad Pablo olavide. Sevilla.
Preámbulo: apartados v y vI. Artículos 33, 34, 35 y 36. 

Los derechos económicos de esta publicación han sido cedidos gratuitamente por los autores a Fide

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