Presentamos las conclusiones del Grupo de Trabajo: Sanciones administrativas penales: Doble grado de jurisdicción

"El acto de presentación de las conclusiones del grupo tendrá lugar el día 22 de septiembre de 12:30 a 14h. Para inscribirse, por favor contacten por email con Victoria Dal Lago (victoria.dallago@fidefundacion.es)."

Desde Fide se puso en marcha el Grupo de Trabajo “Sanciones administrativas penales: Doble grado de jurisdicción”, para constatar la relevancia de la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de 30 de junio de 2020, asunto Saquetti Iglesias contra el Reino de España y su incidencia en la organización del sistema de recursos jurisdiccionales establecidos por nuestra Ley 29/1998 de 13 de julio reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Ayer, martes 22 de Septiembre de 2020, el grupo se reunió en una sesión online para presentar sus conclusiones finales. La sesión concluyó con un interesante debate.

El Grupo de Trabajo ha tenido como objetivos:

  • Dar a conocer la sentencia del TEDH y su problemática.
  • Destacar la similitud ontológica existente entre la revisión jurisdiccional de las sanciones y la de otros actos administrativos que impliquen el cese de actividades o de restricción de derechos.
  • Poner de manifiesto la diferente concepción que el TEDH y el Tribunal Constitucional adoptaron sobre esta cuestión.
  • Ofrecer diferentes alternativas para adecuar nuestro sistema de revisión jurisdiccional de las sanciones administrativas a las exigencias del TEDH.
  • Apoyar la alternativa que, dando satisfacción a la jurisprudencia del TEDH, implique la menor alteración posible de nuestro sistema legal.

Integrantes del Grupo de Trabajo:

  1. Mariano Bacigalupo Saggese, Profesor Titular de Derecho Administrativo (UNED), antiguo Letrado del Gabinete Técnico del Consejo General del Poder Judicial y miembro del Consejo Académico de FIDE
  2. Cristina Jiménez Savurido, Presidente de Fide
  3. David Mellado Ramírez, Socio de PWC. Abogado del Estado. Anteriormente Secretario General Técnico del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas
  4. Javier Sánchez-Vera Gómez-Trelles, Catedrático de Derecho Penal de la Universidad Complutense y socio de Oliva-Ayala Abogados
  5. Santiago Soldevila Fragoso, Magistrado de la Audiencia Nacional. Sala de lo contencioso-administrativo

Coordinación Académica del Grupo de Trabajo: Victoria Dal Lago Demmi

Contenido

I. La sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de 30 de junio de 2020, asunto Saquetti Iglesias contra el Reino de España.
II. Premisas iniciales del Grupo de Trabajo.
III. Objetivos del Grupo de Trabajo.
IV. Hitos jurisprudenciales del TEDH vinculados al asunto Saquetti.
V. Las excepciones al doble grado de jurisdicción revisora previstas en el artículo 2.2 del Protocolo número 7 anejo a la Convención.
VI. Diferentes alternativas ante la obligada aplicación de la jurisprudencia Saquetti, en relación con las sentencias dictadas por las Salas de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional y de los Tribunales Superiores de Justicia.
VII. Diferentes alternativas ante la obligada aplicación de la jurisprudencia Saquetti, en relación con las sentencias dictadas por los Juzgados de lo Contenciosoadministrativo adscritos a los Tribunales Superiores de Justicia y los Centrales de la Audiencia Nacional, en los supuestos en los que no cabe recurso de apelación.
VIII. Extensión de la doctrina a los supuestos de resoluciones administrativas restrictivas de derechos.
IX. Conclusiones y Propuestas alcanzadas por el Grupo de Trabajo.

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