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Data Governance Act (DGA) – Resumen Sesión

"Data Governance Act (DGA) es una norma que integra el paquete legislativo vinculado a la Estrategia Digital Europea y  la creación de los Espacios Europeos de Datos"

El pasado martes 31 de mayo, se celebró la sesión sobre Data Governance, en Fide, en la que participaron José Manuel LUCEA ANAYA, Head of Sector [for Data and Platforms] in the Deputy Directorate for Digital Society. Ministry of Economic Affairs and Digital Transformation; Amalia PELEGRÍN MARTÍNEZ-CANALES, Director of Public Policy, Sustainability and Talent of AMETIC; Jeremy ROLLISON, Senior Director, EU Government Affairs, Microsoft (Brussels) y Ricard MARTÍNEZ MARTÍNEZ, Assistant Professor at the Department of Constitutional Law, Political Science and Administration, Universitat de Valencia. Fide Academic Advisor.

Data Governance Act (DGA) es una norma que integra el paquete legislativo vinculado a la Estrategia Digital Europea y  la creación de los Espacios Europeos de Datos. El conjunto del bloque normativo tiene por objeto hacer posible el libre flujo o circulación de datos, impulsar la llamada “Data Driven Economy” e impulsar el uso de datos personales y no personales para promover la investigación, la innovación, las políticas públicas y el emprendimiento.

A lo largo de la sesión se han identificado distintas cuestiones relevantes. Como primera conclusión puede adelantarse que el nuevo Reglamento necesitará de una implementación legislativa nacional tanto desde el punto de vista de la definición de los organismos gestores del acceso a los datos del sector público, como desde el punto de vista de la autoridad administrativa para el registro y control de las entidades que se dediquen a la intermediación de datos. (José Manuel)

De otro lado, durante la sesión se señaló una cierta necesidad de considerar aspectos que requerirán de soluciones tecnológicas. El diseño de las condiciones de gobierno de los distintos modelos de compartición de datos no es suficiente. En este sentido, existe un elemento común a los entornos públicos de acceso a datos, la intermediación de datos en el sector privado, las cooperativas de datos y el altruismo de datos. En todos los casos es necesario disponer de infraestructuras seguras para el tratamiento, que además deben ser capaces de garantizar los llamados principios FAIR, por sus siglas en inglés, que atiende a que los datos sean fácilmente localizables/indexables, accesibles, interoperables y reutilizables. A ello debemos añadir los procedimientos ordenados a la garantía de derechos. Se necesitan evidentemente soluciones tecnológicas capaces de asegurar la anonimización, la trazabilidad y el control sobre el proceso de datos cuando aquella no sea posible (mediante técnicas como la diferential privacy o la multy-party computation, o asegurar las adecuadas garantías en materia de propiedad intelectual y secreto comercial o industrial (Jeremy).

 Por último, se señaló desde la industria cómo compartiendo los fines últimos de la norma, se pone de manifiesto el alto grado de complejidad que introduce en el mercado. De ello serían buenos ejemplos los condicionantes asociados a las condiciones previas para operar en el mercado, o el rígido régimen que se aplica a la compartición de datos con terceras partes y en países terceros. Por otra parte, se evidencia una cierta preocupación o reserva en relación con el estado actual del propio mercado en el que existe industria que ya ha desarrollado modelos de analítica de datos con un alto nivel de inversión que deberá reajustar sus condiciones jurídicas y/o su operativa.

Con carácter general el debate ha girado en torno a distintas cuestiones:

  • La interacción normativa con el RGPD y con futuras normas (Data Act, AI Regulation, European Health Data Space Regulation)

  • La presencia de distintas autoridades con competencias sobre el sector (Agencia Española de Protección de Datos, autoridades independientes de transparencia, nuevas autoridades creadas con la DGA).

  • La necesidad de que la DGA supere las barreras e ineficiencias actuales en la reutilización de la información del sector público.

  • La necesidad de enfoques proactivos centrados en el desarrollo de la economía del dato y en la competitividad de la industria europea en el caso de la pequeña y mediana empresa.

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