Directiva Europea de Servicios de Comunicación Audiovisual, trasposición al Ordenamiento Jurídico Español

"La Directiva (UE) 2018/1808 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de noviembre de 2018, por la que se modifica la Directiva 2010/13/UE sobre la prestación de servicios de comunicación audiovisual, debe ser traspuesta al ordenamiento jurídico de España a más tardar el 19 de septiembre de 2020. "

El pasado 18 de febrero, Fide organizó esta sesión en la que se reunieron los principales actores implicados en la materia. Iniciamos la sesión con unas breves palabras a cargo de Eladio Gutiérrez Montes, Socio-Director de EGM Consultoría en Telecomunicaciones y Medios Audiovisuales y Expresidente de Impulsa TDT y de Ángel Garcia Castillejo, Abogado de Madrid Espacio Legal (MEL), quien moderó la sesión. Ambos, en su intervención inicial, se refirieron al marco en el que la Directiva (UE) 2018/1808 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de noviembre de 2018, por la que se modifica la Directiva 2010/13/UE, sobre la prestación de servicios de comunicación audiovisual, deberá ser traspuesta al ordenamiento jurídico español a más tardar el 19 de setiembre de 2020. 

De un lado, el abogado del Estado, Carlos Romero Duplá, que está adscrito a la REPER (Representación Permanente de España ante la UE), en su calidad de Consejero de la Secretaria de Estado para el Avance Digital, del Ministerio de Economía y Empresa, quien ha participado en las agitadas sesiones que han precedido a la aprobación de la Directiva, ya que varios países se oponían rotundamente a las propuestas iniciales de la Comisión, recordó las motivaciones que han llevado al Regulador Europeo a plantear la revisión del a Directiva anterior.

En primer lugar, Romero Dupla, destacó los criterios inspiradores de la misma: Convergencia, Co-regulación y Regulación, Protección de la infancia, Flexibilización de la regulación de la publicidad, etc. y recordó los elementos destacados de la nueva Directiva:

  • Inclusión en la regulación de las plataformas de video bajo demanda.
  • Co-regulación y Regulación.
  • Protección de la infancia.
  • Accesibilidad.
  • Publicidad.
  • Modificación del emplazamiento de productos (product placement).
  • Independencia del Regulador.

Cristina Morales, Subdirectora General de Contenidos de la Sociedad de la Información, en la Secretaría de Estado para el Avance Digital, Ministerio de Economía y Empresa, desde 2013, quien también había participado en las discusiones de Bruselas, abundó en el análisis de la Directiva señalando que se trata de una normativa de armonización mínima, que los Estados pueden ampliar promoviendo una regulación nacional más estricta. Recordó que en esas fechas y hasta el día 22 de febrero, estaba abierta la Consulta Publica relativa a la transposición pero en la que se planteaban múltiples preguntas más abiertas que la propia Directiva. Por ello se invitaba a responder sobre la conveniencia de modificar el marco regulatorio del sector audiovisual vigente. 

Andrés Armas, Director General de UTECA, advirtió del peligro de que por razones políticas, se demore la transposición, mientras se mantiene una hiperegulación que afecta a los contenidos lineales, mientras que el consumo de los servicios a demanda va creciendo, sin que tengan ninguna limitación como ahora sucede al disfrutar de una situación de amplia tolerancia. Expresó también, su opinión sobre la conveniencia de revisar diferentes leyes sectoriales como la Ley del Cine, la de RTVE, la Ley Orgánica de Protección de Datos, etc. sugiriendo la conveniencia de, aceptar exigencias distintas para los operadores más pequeños, en una regulación asimétrica en función de sus resultados económicos, en materias como la cobertura técnica exigible, el porcentaje dedicado a financiar a RTVE y la aportación a obras audiovisuales europeas. 

Por último, Carmen Marín Arias, Jefa del Departamento de Asesoría Jurídica de la FORTA, expuso la conveniencia de que se integren en el Convenio de Autorregulación los operadores OTT´s (Over the Top). Profundizó en las modificaciones relativas a la protección de los menores en el ámbito de la comunicación audiovisual especialmente

Señaló como novedad de la nueva Directiva la consideración del menor como protagonista de la programación, el menor como receptor de mensajes publicitarios, el menor y el tratamiento de sus datos personales y, finalmente, el menor como espectador de los contenidos audiovisuales. Puso énfasis al señalar que las medidas adecuadas para la protección de los menores aplicables a los servicios de radiodifusión televisiva deben aplicarse también a los servicios de comunicación audiovisual a petición. 

Presentó la sesión: Eladio Gutiérrez Montes, Socio-Director de EGM Consultoría en Telecomunicaciones y Medios Audiovisuales y Expresidente de Impulsa TDT. 

Ponentes: 

  • Carlos Romero Duplá, Consejero de Avance Digital, Representación Permanente de España ante la U. E
  • Cristina Morales Puerta, Subdirectora General de Contenidos de la Sociedad de la Información, Secretaría de Estado para el Avance Digital, Ministerio de Economía y Empresa
  • Andrés Armas Portela, Director General, UTECA (Unión de Televisiones Comerciales en Abierto)
  • Carmen Marín Arias, Jefa de la Asesoría Jurídica, Forta, (Federación de Organismos o Entidades de Radio y Televisión Autonómicos).

Moderador: Angel García Castillejo, Abogado de Mel Abogados. Ex Consejero de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones.

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