Las insolvencias internacionales, desafíos para el posicionamiento de España como jurisdicción concursal

"El ciclo, que se desarrolla en tres sesiones entre Barcelona y Madrid, tiene como objetivo analizar de manera exhaustiva los cambios de mayor calado que se han introducido en nuestra normativa sobre insolvencia internacional, valorar su pertinencia jurídica y económica, intentar resolver las dudas interpretativas que puedan plantearse y sopesar su incidencia de cara al reforzamiento de la posición de España como una “jurisdicción concursal” de primer nivel."

El pasado 4 de mayo dio comienzo el ciclo sobre Insolvencia Internacional, dirigido por Iván Heredia Cervantes, Profesor Titular de Derecho internacional privado (UAM) y Asociado en Garrigues. Consejero Académico de Fide.

El ciclo, que se desarrolla en tres sesiones entre Barcelona y Madrid, tiene como objetivo analizar de manera exhaustiva los cambios de mayor calado que se han introducido en nuestra normativa sobre insolvencia internacional, valorar su pertinencia jurídica y económica, intentar resolver las dudas interpretativas que puedan plantearse y sopesar su incidencia de cara al reforzamiento de la posición de España como una “jurisdicción concursal” de primer nivel.

  • La primera sesión “Novedades en materia de insolvencia internacional tras la reforma del TRLC”, se celebró en Barcelona y estuvo moderada por Álvaro Lobato Lavín, Magistrado de lo Mercantil nº 2 de Barcelona. Patrono fundador de Fide. Contó con la intervención de Iván Heredia Cervantes y Carlos Ara Triadú, Socio de Cuatrecasas. Su objetivo era identificar y debatir sobre las principales novedades que ha introducido la Ley 16/2022 en la normativa sobre insolvencia internacional.

Los temas abordados fueron muy diversos. En primer lugar, se analizaron los cambios normativos que tienen su origen en la necesidad de dar cumplimiento a los imperativos impuestos por el Reglamento de la UE sobre procedimientos de insolvencia y, en particular, las nuevas reglas sobre control de la competencia judicial internacional.

A continuación, se abordaron las cuestiones relativas al reconocimiento de procedimientos de reestructuración extranjeros y se llegó a la conclusión de que, al contrario de lo que parece deducirse de la redacción del nuevo artículo 753.2, el criterio a tener en cuenta a la hora de aplicar las normas sobre reconocimiento del TRLC no es que el procedimiento extranjero tenga su fundamento en la normativa específica sobre insolvencia del Estado de origen, sino que se tramite en el marco de la insolvencia del deudor o para evitarla. En consecuencia, aquellos procedimientos extranjeros que, por ejemplo, se encuentren regulados en la normativa societaria, pero cumplan los requisitos antes mencionados, deberían ser reconocidos en España a través del Texto Refundido. Ello supone que, si el COMI del deudor no se encuentra en el Estado de origen o, cuando menos, dicho Estado no posee una conexión razonable con éste de naturaleza equivalente, debería denegarse el reconocimiento.

La sesión continuó con el análisis de la reforma introducida en la normativa conflictual mediante el artículo 754, en virtud de la cual, se elimina la práctica totalidad de excepciones a la aplicación de la ley española como lex fori concursus. En el debate despertó especial atención la incidencia del nuevo precepto sobre el tratamiento de las garantías reales sobre bienes del deudor ubicados fuera de España.

Finalmente, el último tema abordado, y que suscitó un extenso diálogo con los asistentes, fue el juego del nuevo artículo 755 TRLC y su incidencia en la reestructuración de los grupos de sociedades internacionales. En particular, se analizaron las ventajas y limitaciones que supone el hecho de que se aplique en supuestos excluidos fuera del Reglamento de Insolvencia, al exigirse que la comunicación o el plan se soliciten frente a las filiales con COMI fuera de España con carácter reservado, así como la incidencia que puede tener el nuevo precepto en presencia de estructuras con doble LuxCo.

  • La segunda sesión, que versó sobre las Reestructuraciones de Grupos de sociedades internacionales, se celebró el pasado 18 de mayo en Barcelona. Bajo la moderación de Iván Heredia, intervino como ponente Francisco Garcimartín Alférez, Catedrático de Derecho internacional privado, Universidad Autónoma de Madrid. Consultor de Linklaters y Consejero Académico de Fide

A través del análisis de un supuesto práctico, la sesión se centró en las novedades en materia de reestructuración de grupos multinacionales de sociedades, una materia a la que la reforma dedica especial atención y en la que nuestro legislador se ha distanciado de la normativa europea. Se abordó de este modo cuestiones como el contenido y potencial del nuevo artículo 755 TRLC y los procesos de reestructuración en los que este precepto ha sido aplicado hasta la fecha el juego en el ámbito internacional de las nuevas reglas sobre “third party release”, los problemas específicos que plantea el arrastre de socios de sociedades extranjeras o la relación con la futura normativa sobre modificaciones estructurales internacionales. Durante la sesión se prestó además especial atención a aquellos casos en los que se ha optado por tramitar procedimientos paralelos de reestructuración en el Reino Unido y en España y se debatió sobre la finalidad perseguida con ello.

  • La tercera y última sesión del ciclo tendrá lugar el próximo 25 de mayo en Madrid para debatir sobre los principales retos de las reestructuraciones internacionales.

Intervendrán como ponentes Iván Heredia y Javier Yáñez, Socio de Uría Menéndez, moderados por Francisco Garcimartin. En la sesión se expondrá el contenido de las novedades introducidas en la normativa sobre insolvencia internacional como paso previo a la identificación de las posibles dudas sobre su interpretación. Todo ello con un claro objetivo: debatir sobre el modo de explotar todo el potencial de nuestra remozada normativa a fin de convertir a España en una jurisdicción de primer nivel en el ámbito de la insolvencia internacional. Inscripciones aquí.

Si te ha resultado interesante el artículo,

te invitamos a compartirlo por Redes Sociales

Twitter
LinkedIn
Facebook
Email
WhatsApp

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

Contacto

Rellene el formulario y alguien de nuestro equipo se pondrá en contacto con usted brevemente.