Resumen: IV Jornada Fide con el Arte: Derecho del Mercado del Arte: Coleccionismo responsable en tiempos del Covid-19

"El pasado 28 de mayo se celebró la IV Jornada Fide con el Arte donde se abordaron cuestiones sobre el Derecho del Arte enfocándonos en el coleccionismo responsable en tiempos del Covid-19."

FIDE celebró el pasado 28 de mayo la IV edición de la Jornada Fide con el Arte, con una sesión dirigida a un público especializado, sobre la situación que está atravesando el Derecho del Mercado del Arte en un momento tan controvertido como el actual debido a la crisis ocasionada por el Covid-19. Este encuentro ha servido para dar unas pautas de coleccionismo responsable en épocas de crisis o incertidumbre, todo ello en un formato totalmente inédito para este tipo de sesiones, el formato online.

En esta sesión participaron como ponentes, Yolanda Bergel, Profesora de Derecho Civil en la Universidad Carlos III de Madrid, Patricia Fernández Lorenzo, colaboradora de Ramón y Cajal Abogados, Rafael Mateu de Ros, Socio fundador de Ramón y Cajal Abogados. Miembro del Consejo Académico de Fide y co-director de la jornada, Miguel Ángel Recio Crespo, Gestor cultural. Administrador Civil del Estado, Laura Sánchez Gaona, Abogada y Consultora de Arte y Patrimonio Cultural en Ramón y co-directora de la jornada , y Marta Suarez-Mansilla, Fundadora y CEO, ARTWORLD LAW. Abogada y Consultora especializada en Derecho del Arte y Derecho Cultura. 

En este resumen se va a resaltar los principales argumentos que pueden extraerse de las intervenciones, de los que cabe destacar como puntos clave los derechos y garantías del comprador, propietario o coleccionista en una situación como la que se está viviendo, de incertidumbre y preocupación por el futuro. En tiempos así es necesario renovar el conocimiento del proceso de compraventa de obras de arte en sus diferentes modalidades teniendo en cuenta una perspectiva actual. Así como la incidencia que va a tener en nuestro país la nueva Directiva sobre Prevención de Blanqueo de Capitales, cuyo desarrollo y aplicación en España está aún en proceso de elaboración pero que los interesados deberían empezar a considerar cuanto antes.

Asimismo, se han valorado las consecuencias sobre el sector del arte en la crisis creada por el Covid-19 durante y tras el estado de alarma así como después a consecuencia de la disposiciones dictadas desde el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19 hasta el Real Decreto-Ley 15/2020, de 21 de abril, de medidas urgentes complementarias para apoyar la economía y el empleo, además de otras normas posteriores que se aprueben, incluido el Real Decreto-Ley 16/2020, de 28 de abril, de medidas procesales y organizativas para hacer frente al COVID-19 en el ámbito de la Administración de Justicia.
El sector artístico y cultural español es consciente de que en la situación actual es de total importancia la concesión y aprobación de medidas extraordinarias por parte del Gobierno tanto para artistas como para industrias culturales, sin olvidar a todos los intermediarios comerciales del sector.

La sesión comenzó con las palabras de bienvenida de Cristina Jiménez Savurido, Presidente de FIDE, y la introducción de Rafael Mateu de Ros, Socio de Ramón y Cajal Abogados y Director del departamento de Derecho del Arte, que dio paso al primer bloque sobre compras de obras de arte.

Su ponencia tenía como tema principal las compras de arte en galerías y anticuarios y se centró en los diferentes requisitos que deben ser valorados por el comprador de una obra de arte -ya sea un coleccionista o un comprador ocasional- en el proceso de adquisición de la misma: autenticidad, integridad, procedencia, valor de la obra y elementos de forma (como puede ser la factura, el contrato, etc.) todo ello en conexión con los deberes de información que incumben al vendedor comerciante (galerías de arte, casas de subastas y otros intermediarios profesionales) cuya infracción es la vía procesal más efectiva para reclamar la anulación de la compraventa y el resarcimiento de daños y perjuicios cuando sea procedente y pueda ser probada la causa y el daño.

En ese contexto, Rafael Mateu de Ros abordó la importancia de que en los contratos se incluya una cláusula de fuerza mayor que exima a las partes de la ejecución provisional de sus prestaciones cuando las mismas -entrega de la obra, pago del precio- devengan imposibles o extraordinariamente onerosas por motivos como el actual Covid-19 y la legislación dictada en todos los países como consecuencia de la pandemia. Explicando que, la cláusula de fuerza mayor resulta de especial importancia en los contratos de tracto sucesivo -como el depósito o el comodato de obras de arte- pero también resulta de interés en la compraventa cuyas prestaciones tengan, como es habitual, un plazo temporal de ejecución.

A continuación, se dio la palabra a Yolanda Bergel Sainz de Baranda, Profesora de Derecho Civil en la Universidad Carlos III de Madrid, en cuya ponencia abordó las normas que configuran el régimen jurídico de la compraventa de obras de arte en subasta y su aplicación en la práctica.

De manera principal se explica el contenido de los artículos 56 a 61 de la Ley de Ordenación del Comercio Minorista (LOCM), pero también cómo inciden en este tipo de ventas otras normas como:

  1. la Ley de Consumidores y Usuarios, tanto las reglas generales de los contratos con consumidores (información precontractual, integración de la oferta, cláusulas no negociadas, etc.) como las particulares, por ejemplo relativas a las ventas a distancia cuando la subasta se lleva a cabo por teléfono u online;
  2. la Ley de Patrimonio Histórico Español (comunicación de la subasta, libro registro, comprobación de los bienes, etc.);
  3. la Ley de Propiedad Intelectual (derechos de autor y, en particular, el derecho de participación); o
  4. las reglas generales de los contratos.

Y esto porque la LOCM no regula todos los aspectos de la venta en subasta, sino que se limita a establecer algunas reglas para las mismas, de entre las cuales destacan reglas sobre la celebración de la subasta, los deberes de información del subastador, la documentación del contrato, la irreivindicabilidad de los bienes vendidos y la responsabilidad solidaria del subastador con el propietario-vendedor del bien subastado.

Posteriormente, Marta Suárez Mansilla, Fundadora y CEO de ARTWORLD LAW y Abogada y Consultora especializada en Derecho del Arte y Derecho de la Cultura, enfocó su presentación a las compras de arte on-line.

Durante la ponencia se ha abordado una breve exposición del conjunto de disposiciones normativas que afectan al comercio electrónico extrayendo aquellas particularidades que afectan especialmente a la compraventa de obras de arte. Asimismo, se ha querido dar una visión práctica del tema ofreciendo diversos ejemplos reales y actuales de cómo funcionan muchas plataformas de comercio on-line y cómo cada una de ellas se han ido adaptando a los deberes jurídicos de información y recopilación de datos que han de cumplir; además de hablar de las garantías al consumidor y de los derechos que le asisten.

Tras una breve pausa se reanudaron las ponencias, dando lugar al bloque relativo a la Quinta Directiva de Prevención de Blanqueo de Capitales, sus implicaciones y las novedades más relevantes. Para ello se exponen de manera sumaria las disertaciones que tuvimos el privilegio de escuchar por Laura Sánchez Gaona y Patricia Fernández Lorenzo, expertas en Derecho del Arte y patrimonio cultural.

Por un lado, Laura Sánchez Gaona, abogada especialista en mercado del arte y patrimonio cultural, hizo referencia a la importancia de los programas de cumplimiento normativo en el sector del comercio de arte y antigüedades, uno de cuyos pilares es la prevención de blanqueo de capitales, pero que también actúan como escudo legal para las personas jurídicas frente a otros delitos típicamente ligados al sector (expolio, daños contra el patrimonio histórico, contrabando, estafa, etc.) e infracciones administrativas relacionadas con la normativa de protección del patrimonio histórico, que no es difícil cometer de manera impudente.

Los programas de cumplimiento normativo a medida del sector contemplan puntos clave como la diligencia debida a la hora de estudiar la procedencia y trazabilidad, titularidad, documentación, estado de conservación y en general la situación legal y los aspectos técnico- artísticos de cada pieza. Su implantación se hace en distintas fases:  una primera de diagnóstico y auditoría de riesgos administrativos y penales, una segunda de implantación del sistema de gestión de riesgos y una tercera de monitorización y actualización de estándares generales, que incluye la capacitación y formación de directivos y empleados.

En un sector aún opaco, en el que la reputación, la buena fe y la transparencia son tan sumamente importantes, la implantación de programas de cumplimiento normativo es un signo de profesionalidad y responsabilidad, que puede extenderse además a instituciones públicas culturales y en combinación con códigos de buenas prácticas.

Por otro lado, Patricia Fernández Lorenzocolaboradora de Ramón y Cajal Abogados, centró su presentación en la reciente publicación de la Quinta Directiva Europea y sus efectos en la lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo en el mercado del arte español.

Ante su inminente transposición en España, los intermediarios y comerciantes de obras de arte deben ser conscientes de los riesgos a los que están expuestos en su actividad- como demuestran casos judiciales recientes- y deben implementar medidas de diligencia debida y de operativa interna para mitigar dichos riesgos y evitar problemas reputacionales para el sector.
Por último, tuvo lugar la intervención del Administrador Civil del Estado y Gestor Cultural, Miguel Ángel Recio Crespo, quien fue Director General de Bellas Artes.

Tras hacer mención a la Quinta Directiva de prevención del blanqueo de capitales y a los criptoactivos, en la ponencia se abordó la Política Cultural en cuatro epígrafes. El primero se refirió a la necesidad de apoyos públicos para el mantenimiento y enriquecimiento de la Cultura. El segundo describió el panorama cultural español tras la declaración del Estado de alarma por el Covid-19. En el tercero se analizaron las medidas aprobadas por el gobierno para ayudar al sector cultural. Y finalmente se hicieron propuestas novedosas para reactivar la oferta cultural en la nueva situación.

Cristina Jiménez Savurido, Presidente de FIDE, felicitó a todos los ponentes por sus presentaciones y se dio paso a una ronda de preguntas y respuestas donde se aclararon algunos de los temas más controvertidos y de mayor actualidad.

Rafael Mateu de Ros y Laura Sánchez Gaona, directores académicos de la Jornada, agradecieron a los ponentes su colaboración y a FIDE la organización del evento un año más,  y despidieron la Jornada con las expectativas puestas en la próxima edición de las Jornadas FIDE con el Arte en que, seguramente, se tratarán las novedades y evolución del sector.

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