
COVID-19
Gabinetes de Crisis
Publicaciones
Todas las publicaciones de actividades relacionadas con el COVID-19. Tanto resúmenes de sesiones como documentos y propuestas legislativas fruto del trabajo de los Gabinetes de Crisis.
Hay más de 40 Grupos de Trabajo en Fide.
Descubre todas las publicaciones sobre temas de actualidad de Fide.
Sucríbete al Boletín Mensual de Fide para estar al día sobre nuevos desarrollos.
Varios de los Grupos de Trabajo de Fide trabajan durante todo el año para elaborar documentos de propuestas en diferentes ámbitos profesionales.
Resumen: El trabajo a distancia y su aplicación práctica en las firmas de abogados
Report: The AI and Data-led revolution of Copyright and its wider implications
Desde los comienzos de la fundación hemos tenido un firme compromiso con la literatura, bien poniendo a la disposición de nuestros miembros obras de interés, o actuando como una plataforma donde presentar e impulsar nuevas obras.
Al final de cada año académico recogemos en un documento, las actividades realizadas en Fide a lo largo del mismo, así como la referencia a los profesionales que han participado en Fide en las mismas. En este apartado puedes acceder a cada una de las Memorias publicadas.
Todas las publicaciones de actividades relacionadas con el COVID-19. Tanto resúmenes de sesiones como documentos y propuestas legislativas fruto del trabajo de los Gabinetes de Crisis.
Las discusiones jurídicas que genera la jurisprudencia de nuestros tribunales relacionadas con sanciones penales por delitos que afectan a los negocios, a la vida de las sociedades y las empresas, tanto en el campo del derecho sustancial como en el procesal hace necesario reflexionar, sobre una serie de cuestiones de máxima relevancia. Incorporar a este análisis no solo la experiencia comparada, sino la visión económica y empresarial permitirá integrar en las conclusiones y soluciones a aportar la totalidad de los elementos que deben conformarlo.
Descubre todas las publicaciones, resúmenes de sesiones y demás documentos relacionados a la actividad de este foro:
9 de febrero de 2021
Ponente:Eduardo De Porres Ortíz De Urbina, Magistrado de la Sala II, Tribunal Supremo
Moderador: Javier Sánchez-Vera Gómez-Trelles, Catedrático de Derecho Penal, Universidad Complutense de Madrid. Oliva – Ayala Abogados-OTRI
Resumen:
La sesión se estructuró sobre dos manifestaciones del principio de presunción de inocencia en el proceso penal. De una parte, la declaración de la víctima como prueba única para rebatir la inocencia del acusado. De otra parte, se analizó la posición que le corresponde al Tribunal de apelación y casación respectivamente a los efectos de la invocación de una vulneración del derecho a la presunción de inocencia tras la configuración de la doble instancia.
Por lo que se refiere a la primera de las cuestiones, De Porres explicó que una de las manifestaciones más relevantes de la presunción de inocencia despliega sus efectos en la valoración probatoria. A este efecto, recordó las exigencias jurisprudenciales para que no se produzca una vulneración del derecho a la presunción de inocencia, entre las que destacó las siguientes: que se trate de una prueba de cargo, constitucionalmente obtenida, que haya sido legalmente practicada y, finalmente, que su valoración se haya desarrollado de una forma racional. Ahora bien, el mismo ponente formuló la siguiente pregunta: ¿cuándo debe entenderse que la prueba ha sido racionalmente valorada?
En un primer momento, De Porres respondió a la anterior cuestión de una forma genérica para posteriormente ceñirla a la suficiencia de la declaración de la víctima como prueba única. Así las cosas, comenzó señalando la relevancia de la motivación en la resolución. La necesidad de evitar motivaciones genéricas; valoraciones en las que por ilógicas o insuficientes no sea razonable el iter discursivo que conduce desde la prueba al hecho probado. Para ello, señaló la importancia de atender a las motivaciones alternativas. No tanto para analizar la virtualidad de la motivación del recurrente, sino para contrastar si la del Tribunal ha sido coherente, en suma, si ha sido contrastada y justificada la valoración respecto de las alternativas.
Posteriormente, De Porres expuso aquellos parámetros que el Tribunal Constitucional considera que deben ser valorados para la suficiencia de la declaración de la víctima como prueba única de cargo; si bien señalando en todo momento que no son exigencias como tal dado la inexistencia de prueba tasada en el proceso penal. Así pues, indicó los siguientes parámetros: credibilidad subjetiva, credibilidad objetiva y persistencia en la incriminación.
Por lo que se refiere a la segunda cuestión, la sesión permitió debatir el papel que corresponde a cada Tribunal –apelación y casación– en el control de la vulneración del principio a la presunción de inocencia. De Porres explicó que, tras la configuración plena de la doble instancia, corresponde a la apelación el protagonismo principal en la valoración de la prueba a tales efectos; quedando las funciones del Tribunal de casación fundamentalmente limitadas a analizar si la apelación ha cumplido los requisitos que rigen su ámbito de control. De esta manera, el Magistrado de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo señaló la importancia de formular los recursos debidamente ante la limitación de funciones que existe en casación para el órgano juzgador.
Como se ha adelantado, tras la ponencia de De Porres, Javier Sánchez-Vera aportó su perspectiva, quizás no solo académica sino también como Letrado en ejercicio, en esta sesión acerca del estándar de valoración del principio a la presunción de inocencia.
Sánchez-Vera apuntó el papel vertebral de la presunción de inocencia en el proceso penal. La presunción de inocencia no es un principio más del proceso penal; la presunción de inocencia es el proceso en sí. Por esta razón, el debate en torno a la culpabilidad del acusado debe permanecer abierto hasta que se dicte la sentencia. Ante este escenario, Sánchez-Vera expresó una serie de supuestos procesales que pueden suponer una amenaza a la presunción de inocencia al adelantarse, precipitada y extemporáneamente, el debate, es decir, el cierre, al fallo judicial.
Por un lado, la prisión provisional por motivos distintos al riesgo de fuga. Consideró Sánchez-Vera que dicha medida cautelar, fundada por ejemplo no en el riesgo de fuga sino en una posible reiteración delictiva conculca el derecho que nos atañe dado que, sin existir siquiera un pronunciamiento judicial en torno a la primera hipotética conducta delictiva, se toma una medida privativa de libertad basada en que tal vez cometa un –supuesto– “nuevo” delito. Dicho gráficamente, no tendríamos asentado el primero, y ya le acusamos de un supuesto segundo.
Por otro lado, mostró su rechazo a aquellas excepciones jurisprudenciales a través de las cuales se puede condenar al acusado en base a lo sucedido durante la fase de instrucción, como es el caso de la supuesta confesión del delito o en los procesos que se valora el testimonio de un testigo fallecido. A juicio de Sánchez-Vera, tales anticipaciones deben ser eliminadas puesto que se empieza con estas relajaciones probatorias y se termina atacando de forma global la presunción de inocencia del acusado dado que, una vez que se acepta la excepción de que el proceso podría no estar abierto hasta el final, ya no existirían limitaciones al respecto para abrir más y más el campo de la excepción.
Por último, se inició un debate en el que los diversos participantes tuvieron ocasión de conversar y compartir sus consideraciones acerca de la problemática expuesta por los ponentes.
Resumen elaborado por Oscar Marí, Opositor a las Carreras Judicial y Fiscal.
10 de febrero de 2020
Ponente: Enrique Bacigalupo, Catedrático de Derecho Penal. Abogado, A25 Abogados y Economistas
Moderador: Javier Sánchez-Vera Gómez-Trelles, Catedrático de Derecho Penal, Universidad Complutense de Madrid. Oliva – Ayala Abogados-OTRI
Resumen:
El art. 291 CP ha introducido un límite al principio de la mayoría que rige para la toma de decisiones sociales. Para ello el Legislador ha recurrido al concepto de abuso del derecho. En no pocos aspectos de la práctica empresarial se adoptan decisiones que suelen ser cuestionadas por la minoría, especialmente en casos de aumento de capital. La determinación de cuándo una decisión de la mayoría puede ser considerada abusiva es extremadamente compleja y nos obliga a considerar seriamente las cuestiones que se generan en este ámbito antes de tomar una decisión que afecte de manera importante a la minoría. Por otra parte, en la misma línea que el Código penal, la LSA prevé en el art. 204 la impugnación de los acuerdos sociales impuestos de manera abusiva por la mayoría, aunque no causen daño al patrimonio social. Las relaciones entre la ley penal y la mercantil tienen también aquí una considerable complejidad.
2 de marzo de 2020
Ponentes:
Resumen:
¿Necesitan de especialidades probatorias los enjuiciamientos por delito fiscal? La complejidad de muchos de ellos ha suscitado en los últimos tiempos notables polémicas doctrinales y jurisprudenciales. Problemas sobre si existe prueba ilícitamente obtenida, como en el caso Falciani, o la cuestión de las periciales en dichos enjuiciamientos, son algunos de ellos. Objeto de intensos debates han sido igualmente –y lo siguen siendo– aspectos como la prescripción, la regularización, las relaciones con el blanqueo de capitales, y otros, con su obligado efecto reflejo a nivel probatorio.
Parece que, condenado el delito a vivir en una eterna tensión jurídica, conviene repasar sus aspectos esenciales de valoración de la prueba, para tratar de arrojar luz al respecto.
Coordinación Académica: Carmen Hermida Díaz
Esta web utiliza cookies para que podamos ofrecerte la mejor experiencia de usuario posible. La información de las cookies se almacena en tu navegador y realiza funciones tales como reconocerte cuando vuelves a nuestra web, conocer el idioma por defecto de tu navegador para facilitar los servicios de traducción automática del contenido de la web o ayudar a nuestro equipo a comprender qué secciones de la web encuentras más interesantes y útiles.
Las cookies estrictamente necesarias tiene que activarse siempre para que podamos guardar tus preferencias de ajustes de cookies.
Si desactivas esta cookie no podremos guardar tus preferencias. Esto significa que cada vez que visites esta web tendrás que activar o desactivar las cookies de nuevo.
Esta web utiliza Google Analytics para recopilar información anónima tal como el número de visitantes del sitio, o las páginas más populares.
Dejar esta cookie activa nos permite mejorar nuestra web.
¡Por favor, activa primero las cookies estrictamente necesarias para que podamos guardar tus preferencias!