Umberto Eco en junio (o cómo construir al enemigo)

“¿Por qué no podrá ser esta otra la de un Abogado? ¿Y dónde están ahora las sutilezas y los distingos, dónde los subterfugios y las artimañas? ¿Cómo soporta hoy que ese grosero ganapán le dé con su pala inmunda en la mollera y se queda sin lanzar contra él una querella por injurias y lesiones?” A referirse viene con estas interrogaciones Hamlet a los abogados, en una conversación con Horacio a propósito de la contemplación de las calaveras que los sepultureros de Ofelia van la laminando a golpe de pico y pala. La Escena Primera del Acto V de Hamlet es una venganza dramática, tan brutal como pugnaz, contra artes, ensayos y oficios de la época. Los cantantes, los cortesanos hipócritas, los corredores de propiedades y, por fin, los abogados. Resulta paradójico que Shakespeare no estudiara leyes, o, al menos, no se tiene conocimiento de que así fuera, cuando, en cambio, en más de dos tercios de su producción teatral figuran escenas de procedimientos judiciales. Cierto es que la sociedad isabelina era harto litigiosa y, a recordar vengo que los litigios son expresión de conflicto material y espiritual en la mayor parte de las veces. No causa asombro, pues, que la materia y esencia de la obra del dramaturgo inglés transcurra entre pleiteadores y tribunales, entre litigios y querellas, y, por mor su experiencia, delataría en este noble oficio tanto los vicios y abusos como las bondades y cualidades de tan indomable oficio. Pues a esta visión idealista y ponderada de la profesión se entrega Shakespeare en “El mercader de Venecia”. 
  

Por extraño que pueda resultar, el primer personaje de la obra es la propia ciudad, Venecia, una ciudad de más de cien mil habitantes, habida cuenta que en la época solo había cuatro ciudades que superasen esa barrera de población: Venecia, Milán, Nápoles y Constantinopla. Venecia representaba la pujanza, el éxito comercial, la expresión de máxima potencia política y económica, en un mar Mediterráneo abierto y dinámico, que abrazó la conquista de América como un océano de posibilidades y de expansión. Venecia no había conocido realmente ni la época feudal ni el periodo comunal, pues había sido de siglos una República aristocrática, con un Dux elegido y coadyuvado por organismos colegiales. Sin embargo, esa misma Venecia que tendía relaciones con el Nuevo Mundo, vivía constreñida en una estructura social todavía vicaria de la Edad Media. Porque si bien la prosperidad económica y el incremento del peculio familiar es signo de ostentación y reputación, no es menos cierto que no toda fortuna de la época era considerada del mismo nivel. Así, mientras Antonio, el rico mercader, goza de fama inmarcesible derivada de su condición indeleble de cristiano, Shylock, a pesar de su rango de hombre adinerado, padece el repudio y el desprestigio social derivado de su condición de judío. Venecia era una ciudad-estado que representaba la modernidad y el progreso, una ciudad liberal pero profundamente intolerante contra los judíos. De hecho, por imperativo legal, los judíos venían obligados a vivir en la zona amurallada de la cuidad o Guetto, y cuando atardecía, la puerta de la ciudad amurallada se cerraba a cal y canto custodiada por los cristianos. Durante el día, si salían del Guetto tenían que utilizar sombrero rojo co seña de identidad, y tenían prohibido atesorar patrimonios y propiedades, por lo que se dedicaban a la usura. Tal era el escarnio de los judíos, que hasta Jessica, la hija de Shylock pretende abjurar de su confesión: “Como bien en vayas, amigo Lanzarote. ¡Pobre de mí! ¿Qué crimen habré cometido? ¡Me avergüenzo de tener tal padre, y eso que soy solo suya por la sangre, no por la fe ni por las costumbres! Adiós Lorenzo, guárdame fidelidad, cumple lo que prometiste, y te juro que seré cristiana y amante esposa tuya”. En ese autorrepudio el factor determinante es que el padre sea usurero, pues en la época la mercatura del préstamo era vituperada moralmente como un resquicio preliberal. 
  

Enfrentados los dos personajes principales, a la manera shakesperiana, los dos estereotipos que representan dos concepciones diametralmente diferentes de la sociedad veneciana de la época, y sin redención moral inicial, es necesario que exista un personaje-puente que haga suscitar el conflicto. Ese personaje es Basanio. Hombre impetuoso, audaz, impulsivo y correoso, pero de virtud escasa en el arte de atesorar bienes y dinero, precisa del apoyo de su buen amigo Antonio: “Bien sabes de qué manera ha malbaratado mi hacienda en alardes de lujo no proporcionados a mis escasas fuerzas. No me lamento de la pérdida de esas comodidades. Mi empeño es solo salir con honra delos compromisos en que me ha puesto mi vida. Tú, Antonio, eres mi principal acreedor en dineros y en amistad, y pues que tan de veras nos queremos, voy a decirte mi plan para librarme mis deudas”. La causa de la necesidad pecuniaria de Basanio reside, como no podía ser de otra manera, en una causa de amor. Está fundidamente enamorado de Porcia (“sus ojos me han hablado más de una vez de amor”): “En Belmonte hay una rica heredera (…) Se llama Porcia (…) Todo el mundo conoce lo mucho que vale, y vienen de apartadas orillas a pretender su mano. Los rizos, que cuál áureo vellocino penden de su sien, hacen de la quinta de Belmonte un nuevo Colcos ambicionado por muchos Jasones. ¡Oh, Antonio mío! Si yo tuviera medios para rivalizar con cualquiera de ellos, tengo el presentimiento de que habría de salir victorioso”. Es así como Basanio acude al usurero Shylock para solicitar un préstamo de 3.000 ducados, fiando la operación el bueno de Antonio que tiene toda su riqueza en ultramar. No excusa el judío la magnificencia del cristiano, “por el mero alardee hace de prestar dinero sin interés, con lo cual está arruinando la usura en Venecia. Si alguna vez cae en mis manos, yo saciaré en él todos mis odios”. Firman contrato el cristiano y el judío, de modo y suerte que Antonio se compromete, en caso de no pagar la deuda fiada, a entregar “una libra justa de vuestra carne” del lugar del cuerpo donde de le antoje al judío. 
  

Llegado el momento, Antonio pierde toda su fortuna allende los mares, pues todos sus barcos que se hallaban en México, Trípoli, Berbería, India, Inglaterra y Lisboa naufragan. Sin piedad, el judío clama el cumplimiento del contrato convenido, pues había vencido también la fecha de cumplimiento del pagaré: “Y aunque a Antonio le quedare algún dinero para pagar al judío, de seguro que este no lo recibiría. No parece ser humano; nunca he visto a nadie tan ansioso de destruir y aniquilar a su prójimo. Día y noche pide justicia al Dux, amenazando, si no se le hace justicia, con invocar las libertades del Estado. En vano han querido persuadirle los mercaderes más ricos, y el mismo Dux y los Patricios. Todo en balde. Él persiste en su demanda, y reclama confiscación, justicia y el cumplimiento del engañoso trato”. Shylock, al fin y al cabo, únicamente pide que se cumpla lo pactado voluntariamente, sin hacer análisis sobre lo justo o lo injusto, lo proporcionado o lo desproporcionado del acuerdo convenido: “Pido que se cumplan las condiciones de la escritura. He jurado no ceder ni ápice de mi derecho (…) El Dux me hará justicia (…) No quiero oírte. Cúmplase el contrato (…) Pido que se cumpla el contrato (…)”. Pero no es solo el abyecto usurero quien clama por el cumplimiento de la ley del contrato, “dura lex, sed lex”, sino que Antonio llega a manifestar que “el Dux tiene que cumplir la Ley, porque el crédito de la República perdería mucho si no se respetasen los derechas del extranjero. Toda la riqueza, prosperidad y esplendor de esta ciudad depende de su comercio con los extranjeros”, y hasta Porcia, ante el mismo Tribunal de Venecia, haciéndose pasar por el joven abogado Baltasar, proclama que “Ninguno puede alterar las leyes de Venecia. Sería un ejemplo funesto, una causa de ruina para el Estado. No debe importar la nota de crueldad, cuando se trata de mantener al pueblo dentro de los límites de la obediencia”. En este trance, Antonio, ante la inminencia del cumplimiento de la condena, llega a expresar que “dispuesto estoy a todo y armado de valor. Dame la mano, Basanio. Adiós, amigo. No te duelas de que he perecido para salvarte. La fortuna se ha mostrado conmigo más clemente de lo que acostumbra (…). No me quejo del pago de la deuda; pronto la habré satisfecho toda si la mano del judío no tiembla”. Pero no todo está perdido. El joven Basanio, aterido del terror de la muerte de su amigo, ruge finalmente en el Tribunal para que no se cumpla estrictamente la letra del contrato, conviniendo al Dux para que haga una interpretación del caso justicia, haciéndose eco, de algún modo, del viejo aforismo de la Sagradas Escrituras cuando dice que “el intérprete de la Ley es el juez que dicta sentencia viva vice en cada caso particular”: “Romped para este solo caso esa ley tan dura. Evitaréis un gran mal con uno pequeño y contendréis la ferocidad de ese tigre”. Al punto se abre el procedimiento judicial a la aplicación de la excepción de nulidad por objeto ilícito, diluyendo el conflicto procesal en una trama hermosa, en la que acaba considerándose que los términos del contrato constituyen un atentado contra la vida, y, por ende, un negocio jurídico con objeto ilícito. Pero previamente, en un ejercicio de justicia poética, el propio Tribunal del Dux hace prevalecer la interpretación literal del contrato: “Te pertenece una libra de carne de este mercader; la ley te la da y el Tribunal te la adjudica; puedes cortarla de su pecho como lo has pedido; la Ley lo permite y el Tribunal lo autoriza (…) El contrato te otorga una libra de carne, pero ni una gota de sangre. Toma la carne que es lo que te pertenece. Pero si derramas una gota de su sangre, tus bienes serán confiscados conforme a la ley de Venecia”. Y en el instante que el avaro usurero se dispone a ejecutar la sentencia de su propia mano, añade Porcia enmascarada: “Tendrá el hebreo completa justicia. Se cumplirá la escritura. Prepárate ya a cortar la carne, pero sin derramar la sangre, y ha de ser una libra, ni más ni menos. Si tomas más, aunque sea la vigesimal parte de un adarme, o inclinas, por poco que sea, la balanza, perderás la vida y la Hacienda”. Raudo se retracta el judío del cumplimiento imposible de la sentencia, conminando al Tribunal a la conversión del fallo en condena pecuniaria, esto es, al pago de los 3.000 ducados. Pero como la sentencia había sido ya dictada y notificada, y revestía la autoridad de cosa juzgada, en mérito de ella quedó rechazada la petición del usurero. 
  

Venganza privada frente a venganza pública. Shylock se convierte así en víctima de su propio atropello, forjado a fuerza de contrato privado de objeto ilícito e incumplible, pero  reo, a su vez, de las leyes públicas. Porque en tercera instancia, el joven Doctor Baltasar le espeta: “Espera judío. Aún así te alcanzan las leyes. Si algún extraño atenta por medios directos o indirectos contra la vida de un súbdito veneciano, éste tiene derecho a la mitad de los bienes del reo, y el Estado a la otra mitad. El Dux decidirá de tu vida. Es así que tú, directa o indirectamente, has atentado contra la existencia de ANTONIO; luego la ley te coge de medio a medio. Póstrate a las plantas del Dux y pídele perdón”. El Dux accede a la clemencia, incluso antes de que oficie la petición el judío. También muestra su benevolencia final Antonio: “Si el Dux y el Tribunal le dispensan del pago de la mitad de su fortuna al erario, yo le perdono la otra media, con dos condiciones: la primera, que abjure de sus errores y se haga cristiano; la segunda, que por escritura firmada en esta misma audiencia, destituya herederos de todo a su hija y a su yerno Lorenzo”. Así se llega a la verdad, al modo casi canónico, pues es la búsqueda de la verdad la que inspira y da sentido al proceso judicial, que no tiene otro objetivo que aprehender y reproducir la verdad en una resolución judicial, o al sentido volteriano, “una justicia llevada demasiado lejos puede convertirse en injusticia”. Sea como fuere, no debemos juzgar a su vez con el filtro dale rigor jurídico la vena poética de Shakespeare, ya que no en balde en las Universidades anglosajonas se pone como ejemplo de defectors y errores crasos de praxis judicial: una demanda civil transformándose en el curso del proceso en una demanda penal, la imposibilidad de intervención en el proceso de Porcia por parcialidad, la celebración del proceso sin interrupción y sin, por consiguiente, las más elementales garantías procesales, o la ausencia de asistencia letrada, pues toda la dialéctica argumentativa transcurre entre los propios personajes de la obra. Nosotros no tenemos necesidad de usar la pala de zacateca para zaherir el oficio del letrado. Ya lo hizo Shakespeare y los muertos, muertos son. 

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Sobre el Autor

Mario Garcés Sanagustín

Mario Garcés Sanagustín

Interventor y Auditor del Estado. Inspector de Hacienda del Estado. Miembro del Consejo Académico de Fide.

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